Seguramente tendrás tus dudas acerca de qué gastos, su tipología y característica determinadas que existen en tu Sociedad y cómo éstos deben reflejarse, además querrás entender porqué esto es así, también te gustaría entender qué operaciones se mezclan entre el socio y la sociedad y son vinculadas. Vamos a responder muchas de estas preguntas.
Contenido:
- ¿Qué tipos de gastos existen en las Sociedades Mercantiles?
- ¿Cómo debo reflejar o justificar un gasto?
- ¿Hay algún método para entender de forma simplificada los tipos de gastos en mi Sociedad?
- ¿En qué ocasiones debo reflejar mis operaciones vinculadas?
- ¿Necesitas un equipo Fiscal que disipe tus dudas y te asesore con rapidez?
¿Qué tipos de gastos existen en las Sociedades Mercantiles?
En las Sociedades Mercantiles podemos incluir como gastos aquellos que tienen un vínculo directo con la actividad, es decir, se generan para poder permitir la obtención de ingresos y son necesarios para el propio y efectivo desarrollo de la actividad mercantil.
A modo de ejemplo práctico en una Sociedad Mercantil dedicada a la actividad de compraventa de materiales eléctricos, serían gastos que permiten el desarrollo de la actividad mercantil y necesarios para su desarrollo, por ejemplo, el alquiler de los locales donde se almacena el material, el suministro eléctrico de estos locales o los gastos de personal (que directamente trabaja en las instalaciones bien en las unidades de almacenaje o de administración).
Podríamos incluir aquí también los gastos derivados de campañas de marketing para promocionar en ferias y eventos nuestros productos y marca, etc.
¿Cómo debo reflejar o justificar un gasto?
Los gastos, para poder aplicarse en las Sociedades deben en todo momento tener un documento, en este caso factura que justifique su procedencia y características además de un soporte documental acerca de cómo se pagó y en qué fecha.
No basta con presentar un ticket, un presupuesto o un recibo, la ley claramente indica que la prueba existe y es válida cuando está la factura y su trazabilidad, fecha de devengo, forma de pago y justificante del pago, además de estar debidamente firmada.
A modo de ejemplo el pago de una campaña de marketing para promocionar nuestros productos o marca debe estar acompañada de la factura del proveedor, firmada y cuñada y del documento bancario que justifique el pago por transferencia o recibo del importe de la factura.
La falta por pérdida o ausencia de documentación puede conllevar que la administración no entienda justificado el gasto y lo retire realizando los ajustes oportunos.
Hemos de ser diligentes y archivar digitalmente cualquier documento que hayamos incluido en gastos tanto la factura como su pago correspondiente.
¿Hay algún método para entender de forma simplificada los tipos de gastos en mi Sociedad?
Hay un método sencillo y práctico para entender si un gasto podemos incluirlo en nuestra Sociedad, y es pensar, ¿voy a obtener algún beneficio directo o indirecto incluyendo este gasto o partida en mi Sociedad?
Obtener beneficio directo o indirecto.
Si la respuesta es SI, es decir, el gasto va a servir para algo y me va permitir directa o indirectamente sacar provecho o me va permitir seguir ejecutando mi actividad, en ese caso podré incluirlo y de esta manera salir de dudas, claro está esto debe tener un argumento lógico y debe poder probarse caso lo exija la AEAT, queremos salir de dudas de una manera rápida y poder pensar claramente en qué partidas van a poder trasladarse a la contabilidad.
No obtener beneficio.
Otra forma igual de válida es hacernos la respuesta al revés, es decir, si incluyo este gasto esto no me va permitir obtener ningún tipo de ayuda ni beneficio para desarrollar mi actividad o mejorarla, si la respuesta es NO, lo mismo no incluiremos el gasto dentro de nuestra contabilidad.
De forma objetiva si seguimos teniendo dudas lo mejor es consultar a nuestro Asesor que conoce nuestro negocio y características y puede ofreceros una respuesta totalmente acertada.
¿En qué ocasiones debo reflejar mis operaciones vinculadas?
Las operaciones siempre deben reflejarse, si bien al no superarse determinados limites no es obligatorio presentar el modelo informativo correspondiente, pero debe siempre existir un soporte documental a las mismas que nos va garantizar que, si se mueve dinero de la empresa a los socios o se intercambian bienes o servicios entre la empresa y los socios o familiares de los mismos, esto queda reflejado y justificado arreglo a precios y condiciones de mercado.
Si disponemos de capital de la empresa para nuestros gastos personales deberemos confeccionar la oportuna documentación de préstamos con garantías y con interés ajustado a mercado ya que de otro modo serian dividendos encubiertos.
Si utilizamos un vehículo de empresa o lo compramos para uso personal o compartido estas retribuciones en especie deben reflejarse convenientemente y así un sinfín de operaciones que deben estar ajustadas a las tarifas y condiciones de mercado sin beneficios ni cargas que vulneren lo que sería una operación ajustada a mercado.
En los ejemplos anteriores podemos ver de forma clara y vas a comprender a que nos referimos con operaciones vinculadas es por ello que si tienes más dudas y quieres estar bien asesorado deberías seguir leyendo.
¿Necesitas un Equipo Fiscal que disipe tus dudas y te asesore con rapidez?
En nuestro Despacho nos encontramos con infinidad de casos que por no recibir un trato cercano y de calidad el cliente pasa por alto una comprensión clara de sus cuentas, sus impuestos y de la situación de su negocio; pero también pasa por alto la correcta forma de reflejar las operaciones vinculadas, si quieres un Equipo Fiscal que cuide de tu negocio y que revise de forma exhaustiva tus operaciones para estar correctamente asesorado cuenta con nosotros, en Pere Mondrago Consultores encontrarás un equipo preparado para valorar tu negocio y estudiar cada parte de él, confía en Pere Mondrago confía en Profesionales.
Deja una respuesta