Modelo 111 que es

Qué es el Modelo 111 y para qué sirve

Categoría: Guías

Todo autónomo, empresa o pyme debe gestionar correctamente y llevar al día los impuestos que conlleva su actividad. Son muchos, lo sabemos, y en esta ocasión queremos hablarte sobre qué es el modelo 111, una de las declaraciones fiscales más comunes entre profesionales y empresas en España.

En Pere Mondragó, asesores laborales y fiscales, vamos a ayudarte con este trámite dándole un enfoque práctico y sencillo respecto a cuál es su objetivo, qué se declara, quiénes están obligados a presentarlo y cuándo hacerlo.

Contenido:

Explicación de Modelo 111 de la Agencia Tributaria

El modelo 111 es un documento mediante el cual, autónomos y empresas, usan para declarar e ingresar las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF provenientes de las nóminas emitidas a sus trabajadores o pagos de facturas por servicios profesionales, practicados a lo largo del trimestre.

¿Y qué es el modelo 111 según dice la AEAT? Dice que este modelo es una autoliquidación periódica que deben presentar obligatoriamente todas las personas físicas, jurídicas o entidades, incluso también las Administraciones Públicas, que practiquen retenciones o ingresos a cuenta según indica el artículo 74 del Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007).

Este modelo abarca rentas como:

  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos de actividades económicas.
  • Premios.
  • Determinadas ganancias patrimoniales.
  • Otras imputaciones de renta sujetas a retención.

Es decir, si realizas pagos encuadrados en estos conceptos, es tu responsabilidad retener el importe correspondiente y declararlo mediante el modelo 111.

¿Para qué sirve el Modelo 111?

Retenciones a trabajadores, profesionales y empresarios.

El modelo 111 tiene como función principal comunicar a la Agencia Tributaria (AEAT) todas las retenciones aplicadas en nóminas, facturas de profesionales independientes y pagos a determinadas actividades económicas. Incluso aunque se retenga 0 IRPF, ya que de lo contrario Hacienda no tendría forma de conocer la situación.

Por ejemplo, si tienes empleados, deberás retenerles una parte de su sueldo correspondiente al IRPF, de la misma manera que si pagas a un freelance que emite factura con retención. Ese importe retenido, si bien no es tuyo, sí eres el responsable de entregárselo a Hacienda.

Declaración de IRPF retenido en nóminas y facturas.

En las nóminas de empleados vemos reflejado varios impuestos que se descuentan del salario bruto, como el IRPF, cotizaciones de la Seguridad Social, etc. En las facturas, cuando hablamos de empresas y autónomos, aparecen el IRPF y el IVA.

Bien, en ambos casos, el modelo 111 sirve para declarar al Estado las retenciones de IRPF aplicadas tanto en concepto de rendimiento de trabajo (nóminas) como rendimiento de actividades profesionales (facturas).

Obligaciones fiscales para autónomos y pymes.

Tanto autónomos como pequeñas y medianas empresas que realicen pagos con retención están obligados a presentar este modelo. No importa si eres una microempresa con pocos movimientos o un profesional independiente con un único proveedor habitual: si haces pagos con retención, toca presentar el modelo 111 a la AEAT.

El artículo 76 que regula el IRPF deja claro que esta obligación afecta a una amplia variedad de sujetos: desde particulares hasta empresas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro o incluso administraciones que efectúen pagos con retención.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 111?

La presentación del modelo 111 a la AEAT es obligatoria para todas las personas físicas, jurídicas o entidades que paguen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta del IRPF. Lo cual incluye, entre otros:

  • Empresas o autónomos que tengan empleados contratados (rendimiento de trabajo).
  • Empresas o autónomos que paguen a otros profesionales con retención.
  • Rendimientos de actividades económicas, como:
    • Actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
    • Otras actividades económicas incluidas en el régimen de estimación objetiva, también conocido como sistema de módulos.
  • Organizadores de concursos o sorteos que entreguen premios sujetos a retención.
  • Personas o entidades que satisfagan ganancias patrimoniales sujetas a retención, como ciertos pagos por transmisiones o cesiones de derechos.
  • Administraciones públicas y otras entidades que abonen rentas recogidas en el Reglamento del IRPF.

Un punto clave que nos gustaría señalar aquí es que: la obligación de presentar el modelo 111 recae siempre sobre quien paga la renta sujeta a retención, no sobre quien la recibe. Es decir, por ejemplo, si tú entregas un organizas y entregas un premio, eres tú quien debe practicar la retención e ingresarla mediante este modelo.

¿Cuándo se presenta el Modelo 111 en 2025?

Fechas y plazos de presentación trimestral.

Todos los años se presenta el modelo 111 cada 3 meses antes del día 20 del mes posterior al trimestre, siendo para este año 2025 las siguientes fechas:

  1. Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  2. Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
  3. Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  4. Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero del año siguiente declarado (2026 para las declaraciones de 2025).

Si el último día de la fecha límite cae en festivo o fin de semana, este se traslada al siguiente día hábil. Te recomendamos que señales bien estas fechas en tu calendario para no olvidar ninguna presentación.

Presentación mensual

Aunque generalmente este modelo se presenta trimestralmente, las Grandes Empresas y Administraciones públicas que tengan un presupuesto anual superior a 6 millones de euros, están obligadas a regularlo mensualmente, antes del día 20 de cada mes.

Presentación anual: resumen en el modelo 190.

Además de las declaraciones trimestrales o mensuales, a principios del año siguiente deberás presentar el modelo 190. Este es el resumen anual del modelo 111 e incluye todos los datos acumulados de retenciones por pagador y perceptor.

El modelo 190 se gestiona durante el mes de enero y es fundamental presentarlo para que Hacienda pueda reconocer y relacionar los datos de los trabajadores y profesionales a quienes les has practicado retención con las deducciones hechas durante el año.

Cómo rellenar y presentar el Modelo 111

Presentación electrónica desde la Sede de la AEAT.

Para presentar el modelo 111 por vía telemática, necesitas conexión a internet y un ordenador, móvil o tablet. Accedes a la página de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria a tu área de acceso y sigues estos pasos:

  • Inicio > Todas las gestiones > Impuestos, tasas y prestaciones patrimoniales > Pagos a cuenta. En este punto encontrarás una lista de modelos, accede sobre el Modelo 111.
  • Ahora, aparecerá la opción para presentar el ejercicio correspondiente. Para acceder, necesitarás estar registrado en algunas de estas claves de acceso: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Móvil (antes Cl@ve PIN).
  • Una vez dentro, rellenas el formulario y lo envías.

Otras alternativas para presentar este documento, es ir presencialmente a una oficina de la Agencia Tributaria más próxima (donde antes necesitarás descargar el formulario y cumplimentarlo), o a través de una entidad colaboradora.

Datos necesarios para completar el formulario.

  • Número total de perceptores (trabajadores o profesionales).
  • Importe total de las percepciones pagadas.
  • Base sujeta a retención.
  • Importe total retenido.

Es importante tener todas las nóminas y facturas bien organizadas porque si luego existe algún error y discrepancias en los datos, se te puede complicar más el asunto de lo esperado.

Errores frecuentes a evitar con el Modelo 111

Cuando de impuestos y deducciones se trata, hay que ir con sumo cuidado para no cometer errores que puedan generar problemas posteriores como una sanción. Estos son los fallos más habituales que suelen hacerse y te conviene evitar a la hora de gestionar el modelo 111:

  • No presentar el modelo: si estás obligado, aunque no hayas realizado pagos con retención, debes presentarlo igualmente con resultado cero.
  • Declarar importes incorrectos: ya sea por errores de cálculo o por no revisar bien las facturas.
  • No incluir a todos los perceptores: cada trabajador o profesional debe figurar si ha cobrado con retención durante el trimestre.
  • Presentar fuera de plazo: esto puede suponer recargos e intereses sobre el importe a declarar, además de posibles sanciones. Si se da el caso, procura resolverlo lo antes posible antes de recibir una notificación de la Agencia Tributaria.

En la asesoría Pere Mondragó, en Valencia, estamos a tu lado para ayudarte a comprender qué es el modelo 111 y cumplir con estas obligaciones de forma sencilla y segura. Si necesitas asesoramiento o quieres que nos encarguemos nosotros de la gestión fiscal, cuenta con nuestro equipo.

¿Quieres evitar errores con el modelo 111 y dedicar más tiempo a tu negocio? Escríbenos o llámanos desde aquí.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información sobre protección datos
He leído y acepto la Política de privacidad