Precariedad laboral y protección social

Nuevas medidas de protección social y lucha contra la precariedad laboral

Categoría: Actualidad

El pasado 12 de marzo de 2019 se aprobaron una serie de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

Siendo un factor de mucho interés social queremos informar y enunciar sus principales características y novedades.


Objetivos

En primer lugar, se procederá a la aprobación de unas medidas de protección social dirigidas a restablecer derechos sociales. Aquellos que fueron suprimidos en 2012 con el pretexto de la crisis económica y las medidas de austeridad y reducción del gasto público.

Disminuir la precariedad laboral

En segundo lugar, introducir medidas para fomentar el empleo y disminuir la precariedad laboral que deben implementarse con urgencia para garantizar, sobre todo en aquellos colectivos que son más sensibles a la inestabilidad laboral, el mantenimiento del empleo.

Se beneficiarían parados de larga duración, trabajadores del campo, trabajadores fijos discontinuos en actividades turísticas, etc.

Y por último, incluir determinadas disposiciones dirigidas a establecer el registro de la jornada laboral, a los efectos de garantizar el cumplimiento de los límites en materia de jornada, control de las horas extras, de crear un marco de seguridad jurídica tanto para las personas trabajadoras como para las empresas y de posibilitar el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Principales novedades de las medidas de protección social y lucha en la precariedad laboral

1 Se modifica la regulación del subsidio por desempleo para mayores de 55 años:

  • Se reduce la edad de acceso de 55 a 52 años.
  • Se suprime el requisito de tener cumplida la edad de 52 años en el momento del hecho causante del subsidio, permitiendo el acceso cuando se cumpla esa edad.
  • Se incrementa su duración máxima, de modo que, si antes se percibía hasta que la persona beneficiaria pudiera acceder a cualquiera de las modalidades de pensión contributiva de jubilación, se percibirá hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
  • Se elimina la consideración de las rentas de la unidad familiar para el acceso al subsidio.
  • Se incrementa la cuantía de la cotización por la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio del 100 al 125 por ciento del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.
  • Se eliminan los porcentajes aplicables a la cuantía del subsidio cuando proviene de un trabajo desarrollado a tiempo parcial.

2 Se introducen una serie de medidas en el ámbito de la Seguridad Social.

  • Se incrementa la prestación económica por hijo a cargo hasta los 341 euros anuales y hasta los 588 euros anuales en el caso de las familias en situación de pobreza severa, las cuales están en una situación de urgente y extraordinaria necesidad.
  • Se incrementan las cuantías mínimas de la pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años.
  • Se adecua el catálogo de prestaciones de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
  • Se introduce, la nueva prestación por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, así como se adecuan las referencias a maternidad y paternidad a la nueva denominación de nacimiento y cuidado del menor.
  • Se reducen las cuotas para los trabajadores encuadrados en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.
  • Se amplía el plazo de solicitud de la situación de inactividad de artistas en espectáculos públicos a cualquier momento del año.

3 Se adoptan medidas dirigidas a fomentar el empleo indefinido en determinados sectores de actividad y de personas desempleadas de larga duración:

  • Se articula un “Plan de conversión de contratos temporales de trabajadores eventuales agrarios en contratos indefinidos” que incluye a los trabajadores fijos-discontinuos.
  • Se posibilita a las empresas que transformen contratos temporales con trabajadores pertenecientes al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del Régimen General de la Seguridad Social.
  • Se introduce una bonificación por la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración. De esta manera, se pretende incentivar la contratación indefinida de personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación, mediante una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social. Para la aplicación de dicha bonificación, se establece que se deberá mantener en el empleo al trabajador contratado al menos tres años desde la fecha de inicio de la relación laboral.
  • Se establece una medida de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.

4 Se incluyen reformas normativas dirigidas a regular el registro de jornada laboral:

  • Se modifica el texto refundido de laLey del Estatuto de los Trabajadores para regular el registro de la jornada laboral, a los efectos de garantizar el cumplimiento de los límites en materia de jornada, de crear un marco de seguridad jurídica tanto para las personas trabajadoras como para las empresas.
  • Se modifica el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social para tipificar como infracciones en el orden social las derivadas de incumplimientos relativos al registro de la jornada laboral.

5 Se establece la constitución por parte del Gobierno, antes del 30 de junio de 2019, de un grupo de expertos y expertas para la propuesta de un nuevo Estatuto de los Trabajadores.

6 Se contempla que el Gobierno y las comunidades autónomas acuerden en la Conferencia Sectorial de Inmigración programas de acción bienales para reforzar la integración social de los inmigrantes.

7 Se adoptan medidas relacionadas con el sistema nacional de garantía juvenil.

Entrada en vigor de las medidas

El real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el 13 de marzo de 2019, con algunas particularidades que no se tratan en el presente artículo.

En definitiva la nuevas medidas traen consigo acciones que tratan de acabar con la precariedad laboral, mejorar la protección social y fomentar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombre y mujeres.

Las particularidades son muchas, si necesitas asesoramiento en Pere Mondragó estaremos encantados de guiarte en este nuevo panorama laboral y en cualquier otra materia laboral y de ocupación.

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