Notificaciones electrónicas practicadas ¿Qué son?

¿Cuándo se entenderán practicadas las notificaciones por medios electrónicos?

Categoría: Guías

Si bien han pasado varios años desde la regulación de las prácticas de las comunicaciones telemáticas por la Ley 39/2015 del 1 de octubre, hoy día nos siguen asaltando dudas sobre las notificaciones de la Seguridad Social y de la AEAT: ¿A quiénes se dirigen? ¿Cuándo se entenderán practicadas las notificaciones por medios electrónicos? ¿Qué sucede si no abro las notificaciones?

El temor por no saber si nos han mandado un comunicado online y si esto conlleva repercusiones, está latente y, en este artículo, hemos querido desentrañar cualquier pregunta o duda al respecto para poder mantener una relación fluida y eficiente con estas dos entidades tan importantes en España.

Contenido:

Obligaciones y vigilancia en la recepción de notificaciones electrónicas

Debes saber que la obligación de recibir notificaciones electrónicas no recae sobre todos los ciudadanos por igual. Existen ciertos grupos específicos para los cuales esta forma de comunicación es mandatoria, principalmente debido a la naturaleza de sus actividades o su condición fiscal y laboral.

Están incluidos en estos grupos empresarios y autónomos para realizar las gestiones de trámites fiscales, laborales y cotizaciones oportunas; entidades jurídicas como sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones y otros organismos con personalidad jurídica; y otros colectivos específicos que se determinan según la jurisdicción y el ámbito regulatorio.

Es esencial que todos estos individuos, quienes están obligados a recibir notificaciones electrónicas, presten atención continua para cumplir con las obligaciones legales y realizar una gestión eficiente.

¿Cuándo se entenderán practicadas o recibidas las notificaciones por medios electrónicos?

El concepto de que una notificación electrónica «se entiende practicada» es crucial en este ámbito digital. Esto significa que, desde el momento en que la notificación es puesta a disposición del destinatario en la plataforma correspondiente, se considera que el mismo ha sido formalmente notificado.

Por tanto, no es necesario que se haya abierto o leído para que las notificaciones por medios electrónicos se entiendan como practicadas; su mera disponibilidad en el sistema electrónico asignado inicia el conteo de los plazos legales para actuar en consecuencia.

¿Y qué sucede si no la abro? Sencillamente, el organismo emisor entenderá por rechazada la notificación y el proceso seguirá su curso independientemente de que tengas constancia de ello o no.

Plazos y obligaciones

Una vez recibida la notificación, se activan los plazos para realizar acciones. Tanto en el caso de las notificaciones de la AEAT como las de la SS, el destinatario dispone de un plazo de 10 días para acceder y gestionar el comunicado.

Es crucial estar al tanto de estos plazos, ya que su incumplimiento puede llevar a consecuencias adversas, como la pérdida del derecho a reclamar, continuar con el procedimiento o la ejecución de sanciones.

Importancia de estar al corriente de los avisos

Estar al día con las notificaciones electrónicas no es solo una recomendación, sino una obligación para ciertos colectivos. Por ejemplo, los autónomos y las empresas están obligados a utilizar el sistema RED (Remisión Electrónica de Documentos) para recibir notificaciones de la Seguridad Social. Con lo cual, esto implica una responsabilidad activa de revisar periódicamente el buzón electrónico en las plataformas correspondientes para advertir cualquier comunicado y así cumplir con las obligaciones legales.

Consecuencias de ignorar las notificaciones electrónicas

No atender y conocer la práctica de una notificación electrónica, puede llevar a situaciones críticas con impactos significativos. La inacción ante estas comunicaciones a menudo resulta en la imposición de sanciones y multas, especialmente en contextos fiscales y laborales.

Además, el desconocimiento de actos administrativos o requerimientos legales no exime de responsabilidad, pudiendo derivar en la pérdida de derechos o la ejecución de acciones en contra por parte de entidades como la Seguridad Social o la Agencia Tributaria.

En el ámbito empresarial o profesional, esto se traduce en posibles complicaciones legales, financieras y de reputación que afectan el normal desarrollo de las actividades.

¿Cómo saber si he recibido una notificación electrónica de la SS o la AEAT?

Tanto la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) como la Seguridad Social, disponen las notificaciones en su sede electrónica sin notificar su existencia a los contribuyentes, lo que podría llevar a ignorarlas inadvertidamente.

Para evitar sorpresas desagradables, es recomendable adoptar una actitud proactiva hacia las notificaciones telemáticas. Esto requiere revisar regularmente las plataformas digitales donde estos avisos son publicados. Con todo, también existen otras opciones que son:

Sistema RED

Uso del Sistema RED: Cuando se trata de avisos de la Seguridad Social, es aconsejable activar notificaciones y alertas a través de esta plataforma para que puedan informarte sobre la recepción de nuevas comunicaciones.

Asesor autorizado RED

Contar con un asesor autorizado RED: Para quienes encuentren compleja la gestión de las notificaciones electrónicas, es posible asignar a un receptor de notificaciones electrónicas. Contar con un asesor especializado es, sin duda, de gran ayuda.

En Pere Mondragó tenemos una amplia experiencia como autorizados RED, ayudando a gestionar las notificaciones en nombre del interesado y asegurando el cumplimiento de las obligaciones.

Avisos de la AEAT

Servicio de avisos de la AEAT: Esta es una herramienta que alerta a los contribuyentes sobre nuevas notificaciones en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Permite suscribirse para recibir alertas por teléfono móvil, correo electrónico o, incluso, a través de la aplicación móvil de la AEAT.

Desde allí puedes actualizar tus datos de contacto según sea necesario. Al configurar estos avisos, se genera un comprobante de la operación para su seguimiento, muy útil en caso de fallos en las alertas.

DHEú

DHEú: La Dirección Habilitación Electrónica (DHEú) también es un elemento clave en el sistema de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria, facilitando la comunicación segura y eficiente.

Funciona como un registro que autoriza a individuos y entidades a recibir avisos telemáticos, asegurando que las comunicaciones importantes sean entregadas de manera confiable y accesible a los destinatarios designados.

Esperemos que haya quedado más claro cuándo se entenderán practicadas las notificaciones por medios electrónicos de la SS y de la AEAT. ¿Quieres despreocuparte de si has recibido un aviso o no? Ponte en contacto con la asesoría Pere Mondragó y te informaremos. Como autorizados RED, queremos ayudarte con esta labor para que tú puedas enfocarte plenamente en tu negocio o empresa.

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