¿Eres autónomo, tienes una empresa o gestionas la contabilidad de un negocio? Si es así, seguramente habrás oído hablar del Modelo 347, una declaración informativa que suele generar muchas dudas. Es muy común que, llegado el momento de presentarla, no tengas claro si estás obligado a hacerlo o qué operaciones se deben incluir.
No te preocupes si no conoces al detalle este modelo tributario. Hoy, te explicamos de forma sencilla qué es el Modelo 347, para qué sirve, quién debe presentarlo y cuáles son los errores más habituales que debes evitar para no tener problemas con Hacienda.
Contenido:
- ¿Qué es el Modelo 347?
- ¿Para qué sirve la declaración anual de operaciones con terceros?
- ¿Quién está obligado a presentar el Modelo 347?
- Operaciones que deben declararse.
- Operaciones excluidas del Modelo 347.
- Plazos de presentación.
- Sanciones por presentar el Modelo 347 incorrectamente.
- Preguntas frecuentes sobre el Modelo 347.
- ¿Tienes dudas sobre el Modelo 347?
¿Qué es el Modelo 347?
El Modelo 347 es una declaración anual informativa que comunica a la Agencia Tributaria determinadas operaciones realizadas con terceros cuando superan un importe concreto durante el año natural.
La diferencia de éste con otros modelos fiscales, es que el Modelo 347 no implica pagar impuestos ni ingresar cantidades a Hacienda. Su finalidad es meramente informativa y permite a la Administración contrastar la información facilitada por empresas, autónomos y otras entidades.
Este modelo recoge las operaciones realizadas con clientes, proveedores u otras personas o entidades con las que se hayan mantenido relaciones económicas significativas durante el ejercicio anual.
A priori, puede parecer un trámite sencillo aunque no debemos relajarnos ya que es importante cumplimentarlo correctamente para evitar discrepancias con los datos que declaran otros contribuyentes.
¿Para qué sirve la declaración anual de operaciones con terceros?
La principal función del Modelo 347 es facilitar a Hacienda el control y la comprobación de las operaciones económicas realizadas entre empresas, autónomos y otras entidades.
Cuando una empresa declara una operación con un proveedor o cliente, Hacienda puede contrastar esos datos con la información presentada por la otra parte. De esta forma, entonces, le es posible detectar posibles errores, omisiones o diferencias entre las declaraciones presentadas.
Si tienes una empresa o desarrollas una actividad profesional, es bueno que sepas que este control cruzado permite a Hacienda verificar que las operaciones declaradas coinciden con la realidad económica y fiscal de cada contribuyente.
Por ello, es fundamental que la información incluida en el Modelo 347 sea precisa y esté correctamente revisada antes de su presentación.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 347?
Con carácter general, están obligados a presentar el Modelo 347 los empresarios, profesionales y entidades que hayan realizado operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural.
Esta obligación afecta tanto a autónomos como a sociedades mercantiles, comunidades de bienes, asociaciones y otras entidades que desarrollen actividades económicas.
Si tienes un negocio y mantienes relaciones comerciales habituales con clientes o proveedores, es muy probable que debas revisar si alcanzas este límite. No obstante, la obligación de presentar el modelo depende de diversos factores y existen determinadas excepciones contempladas por la normativa tributaria.
Por ello, resulta recomendable analizar cada situación de forma individual para determinar correctamente si existe obligación de presentar la declaración o no.
Operaciones que deben declararse
El Modelo 347 incluye determinadas operaciones económicas realizadas con terceros cuando superan el importe mínimo exigido por la normativa. Estas operaciones deben declararse desglosadas por cada persona o entidad con la que se hayan realizado.
Clientes.
Deben incluirse las ventas de bienes o prestaciones de servicios realizadas a clientes cuando el volumen anual de operaciones con cada uno de ellos supere los 3.005,06 euros.
Si tienes varios clientes habituales y las facturas emitidas durante el año superan ese importe, deberás incluirlos en la declaración.
Es importante comprobar que las cantidades declaradas coincidan con la información contable y fiscal disponible para evitar discrepancias posteriores.
Proveedores.
También deben declararse las compras de bienes y servicios que se han ejecutado a proveedores cuando el importe acumulado durante el ejercicio supere el límite establecido.
Si tu empresa trabaja con proveedores recurrentes, conviene revisar todas las facturas recibidas y verificar que los importes coinciden con los datos que previsiblemente declarará la otra parte.
Subvenciones y ayudas.
Determinadas subvenciones, ayudas o aportaciones recibidas de organismos públicos también deben incluirse en el Modelo 347 cuando cumplan los requisitos establecidos legalmente.
Muchas empresas desconocen esta obligación y omiten información relevante en la declaración, así que ¡cuidado! Si has recibido ayudas públicas para el desarrollo de tu actividad, resulta conveniente revisar si se deben reflejar en este modelo informativo.
Operaciones excluidas del Modelo 347
No todas las operaciones económicas deben incluirse en el Modelo 347. La normativa establece una serie de exclusiones destinadas a evitar duplicidades o declaraciones innecesarias.
Entre las operaciones que habitualmente no deben declararse se encuentran:
- Aquellas que ya se informan mediante otros modelos específicos.
- Las operaciones sometidas a retención.
- Las importaciones y exportaciones de mercancías en determinados supuestos.
- Las entregas y adquisiciones intracomunitarias declaradas en modelos específicos.
- Determinadas operaciones realizadas por contribuyentes acogidos a regímenes especiales.
Si tienes dudas sobre si una operación concreta debe incluirse o no, lo más prudente es revisarla previamente para evitar errores en la presentación y para ello, contar con un equipo de asesores cualificados que gestionen estos movimientos debidamente.
Plazos de presentación
El Modelo 347 tiene carácter anual y debe presentarse dentro del plazo establecido por la Agencia Tributaria para cada ejercicio fiscal.
Con todo, aunque la presentación se realiza una vez al año, es recomendable llevar un control periódico de las operaciones con clientes y proveedores para facilitar la elaboración de la declaración cuando llegue el momento.
Si esperas al último día para recopilar toda la información, aumentan considerablemente las posibilidades de cometer errores. Te recordamos que una buena organización contable durante el año simplifica enormemente este trámite y, si añades una estrategia definida por expertos, no surgirán dudas ni problemas posteriores.
Sanciones por presentar el Modelo 347 incorrectamente
Si bien se trata de una declaración informativa, presentar el Modelo 347 con errores puede dar lugar a sanciones económicas.
Para que esto no ocurra, ten presenta cuáles son las incidencias más habituales, que suelen estar relacionadas con:
- Datos incorrectos de clientes o proveedores.
- Importes mal consignados.
- Omisión de operaciones obligatorias.
- Presentación fuera de plazo.
- Falta de presentación cuando existe obligación.
Además de la posible sanción económica, las discrepancias detectadas por Hacienda pueden generar requerimientos adicionales y comprobaciones tributarias. Por este motivo, resulta aconsejable revisar cuidadosamente toda la información antes de enviar la declaración.
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 347
¿Qué ocurre si no alcanzo los 3.005,06 € con un cliente o proveedor?
En principio, no tendrás que incluir esa operación en el Modelo 347, ya que dicha cantidad no superaría el límite mínimo establecido por la normativa.
¿Debo presentar el Modelo 347 si soy autónomo?
Sí, siempre que cumplas los requisitos legales y hayas realizado operaciones con terceros que superen los importes establecidos.
¿El Modelo 347 implica pagar impuestos?
No. Es una declaración exclusivamente informativa y no genera ningún ingreso tributario.
¿Qué sucede si detecto un error después de presentarlo?
Si se diera este caso, es posible presentar una declaración complementaria o sustitutiva para corregir la información comunicada a Hacienda.
¿Es obligatorio presentarlo por Internet?
Actualmente, la mejor forma de hacerlo es la presentación de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
¿Tienes dudas sobre el Modelo 347?
Si no sabes si estás obligado a presentar el Modelo 347, tienes dudas sobre las operaciones que debes incluir o quieres asegurarte de que la declaración se presenta correctamente, en Pere Mondragó Asesores (asesoría en Valencia) podemos ayudarte.
Nuestro equipo de asesores fiscales revisará tu situación, comprobará la información contable y fiscal de tu actividad y se encargará de gestionar la presentación para que cumplas con tus obligaciones tributarias con total tranquilidad.
Contacta con nosotros y deja tu gestión fiscal en manos de profesionales. Evita errores, gana tiempo y asegúrate de que todas tus declaraciones se presentan debidamente.

Deja una respuesta