Si nos encontramos ante un caso de custodia compartida hay que saber que existen particularidades importantes a la hora de hacer la declaración de la renta. Saber cómo repartir beneficios fiscales, aplicar deducciones y elegir la mejor opción de tributación puede marcar una diferencia notable en el resultado final.
Contenido:
- ¿Qué implica la custodia compartida en el IRPF?
- ¿Quién puede aplicar el mínimo por descendientes?
- ¿Declaración conjunta o individual en custodia compartida?
- Cómo aplicar las deducciones en custodia compartida.
- Errores comunes en la declaración con custodia compartida.
¿Qué implica la custodia compartida en el IRPF?
Cuando existe custodia compartida, ambos progenitores conviven con los hijos de forma alterna. En este caso, existen consecuencias directas en el IRPF. No se trata solo de convivencia, sino de cómo se distribuyen los beneficios fiscales.
Definición según la Agencia Tributaria.
La Agencia Tributaria considera que hay custodia compartida cuando ambos progenitores tienen atribuida judicialmente la guarda y custodia de los hijos de forma conjunta.
Esto implica que:
- Los hijos conviven con ambos progenitores en periodos alternos.
- Ambos pueden tener derecho a determinados beneficios fiscales.
- Es necesario coordinar la declaración para evitar duplicidades o errores.
Un aspecto clave ante esta situación es que la administración no se basa únicamente en la práctica real, sino también en lo que establezca la resolución judicial o el convenio regulador.
¿Quién puede aplicar el mínimo por descendientes?
El mínimo por descendientes es uno de los principales beneficios fiscales relacionados con los hijos. Esto hace que se reduzca la base imponible y, por tanto, el impuesto a pagar.
Reparto del mínimo en custodia compartida.
En situaciones de custodia compartida, el mínimo por descendientes se reparte entre ambos progenitores al 50%, salvo que exista una resolución judicial que indique cualquier otra situación.
Esto significa que:
- Cada progenitor aplica la mitad del mínimo correspondiente.
- No es posible que uno aplique el 100% (salvo excepciones muy concretas).
- Ambos deben reflejar correctamente esta situación en su declaración.
Por ejemplo, si el mínimo por hijo es de 2.400 €, cada progenitor podrá aplicar 1.200 €.
Este reparto automático evitará conflictos, pero también obliga a coordinarse, ya que cualquier discrepancia puede generar revisiones por parte de Hacienda y generar problemas en la declaración.
Además, para poder aplicar este mínimo, es necesario que:
- El hijo sea menor de 25 años (con carácter general).
- Conviva con los progenitores.
- No tenga rentas superiores a los límites establecidos.
¿Declaración conjunta o individual en custodia compartida?
Una de las decisiones más importantes es elegir entre hacer la declaración de renta conjunta o individual. En casos de custodia compartida, esta elección tiene limitaciones específicas, las cuales en general:
- Solo uno de los progenitores puede hacer declaración conjunta con los hijos.
- El otro progenitor deberá presentar declaración individual.
Esto se debe a que la unidad familiar sólo puede incluir a los hijos en una declaración conjunta.
¿Quién debe hacer la declaración conjunta?
No existe una norma obligatoria que determine quién debe hacerlo. Sin embargo, en la práctica, suele ser más beneficioso para:
- El progenitor con menores ingresos.
- O aquel progenitor que tenga mayor carga fiscal individual.
La clave para conseguir un resultado favorable, está en simular ambas opciones antes de presentar la declaración. La mayoría de las veces esto supone una diferencia significativa.
También es importante tener en cuenta lo siguiente:
- Si no hay acuerdo, lo recomendable es optar por declaraciones individuales.
- No se puede cambiar la opción una vez finalizado el plazo voluntario.
Una mala elección a la hora de presentar la declaración en casos de custodia compartida, puede suponer pagar más impuestos de lo necesario.
Cómo aplicar las deducciones en custodia compartida
Las deducciones son otro aspecto fundamental en la declaración con hijos. Cuando existe custodia compartida, su aplicación dependerá del tipo de deducción y de las circunstancias personales.
Deducción por maternidad.
La deducción por maternidad es un beneficio fiscal dirigido, principalmente, a madres trabajadoras con hijos menores de tres años.
Si existen casos de custodia compartida, hay que saber que:
- Solo se aplicará por parte de la madre, siempre y cuando ésta cumpla los requisitos.
- No se divide entre ambos progenitores.
- Puede incrementarse por gastos de guardería.
Esto significa que, aunque exista custodia compartida, el padre no puede aplicar esta deducción (salvo en situaciones muy específicas como fallecimiento de la madre o custodia exclusiva).
Es también de suma importancia revisar si se cumplen los requisitos de actividad laboral y cotización, ya que de ello depende el derecho a la deducción.
Deducciones autonómicas.
Además de las deducciones estatales, cada comunidad autónoma establece sus propios beneficios fiscales que hay que conocer. En algunas comunidades como la Comunidad de Madrid, existen deducciones relacionadas con:
- Nacimiento o adopción de hijos
- Gastos educativos.
- Familias numerosas.
- Conciliación laboral.
En el caso de custodia compartida, estas deducciones:
- Suelen repartirse entre ambos progenitores.
- O aplicarse proporcionalmente según la convivencia.
Sin embargo, cada deducción tiene sus propias reglas, por lo que es muy importante revisar la normativa autonómica específica, una asesoría fiscal es quien mejor puede orientarte.
Además, algunas deducciones requieren que el hijo esté empadronado con uno de los progenitores, lo que puede influir en quién puede aplicarlas.
Errores comunes en la declaración con custodia compartida
Es normal y común cometer ciertos errores en la declaración de la renta dada la complejidad de estas situaciones. Así que no te preocupes que no eres el único ni estás solo.
Estos son algunos de los errores más habituales:
1. Aplicar el mínimo por descendientes completo.
Uno de los fallos más comunes es que uno de los progenitores aplique el 100% del mínimo por descendientes, cuando en custodia compartida corresponde solo el 50%.
Este problema de gestión suele generar:
- Requerimientos de Hacienda.
- Regularizaciones posteriores.
- Posibles sanciones.
2. Duplicar deducciones.
Algunas deducciones no pueden aplicarse por ambos progenitores simultáneamente. Duplicarlas puede traer ciertos problemas fiscales y, con ello, sanciones.
3. Elegir mal la tributación.
No analizar si conviene más realizar una declaración conjunta o individual es un error frecuente. Muchas veces se opta por una opción sin hacer simulaciones previas.
4. No coordinarse con el otro progenitor.
La falta de comunicación entre progenitores es uno de los mayores problemas. En custodia compartida, las decisiones fiscales están interrelacionadas.
Por ejemplo:
- Si uno de los progenitores presenta una declaración conjunta con los hijos, el otro no puede hacerlo.
- El reparto del mínimo debe coincidir en ambas declaraciones.
5. Olvidar deducciones autonómicas.
Muchos contribuyentes no aplican deducciones a las que tienen derecho por desconocimiento y/o falta de información, especialmente cuando se habla a nivel autonómico.
La declaración de la renta con custodia compartida requiere cierta atención a los detalles y una buena planificación. No se trata solo de cumplir con Hacienda, sino de optimizar los beneficios fiscales disponibles que pueden tener beneficios.
Cada caso puede estar expuesto a matices distintos según los ingresos, la comunidad autónoma o el convenio regulador, por lo que es fundamental analizar cada situación de forma personalizada.
Si tienes custodia compartida y quieres asegurarte de hacerlo bien, revisa tu declaración con antelación y consulta con un asesor fiscal. En Pere Mondragó Consultores te ayudamos a tomar la decisión correcta para poder ahorrar dinero y evitar problemas futuros con la administración. Pide tu cita y haremos todo lo necesario para que tu declaración sea correcta y justa.

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